- Para la reserva se realiza el pago del 30% del importe total y el 70% restante 20 días antes de la recogida.
- El día de la recogida necesitaras tener el DNI y carnet de conducir válido en España vigente.
- Para la fianza se realizará un bloqueo en tarjeta de crédito de 900€ o 750€ según el seguro contratado el día de la salida.
- Los km son ilimitados para reservas de + de 7 días, para el resto de reservas 300km/día. FIN DE SEMANA 700km total.
- Si tu reserva es superior a 7 días tendrás 2º conductor gratuïto, para reservas inferiores a 7 días 1 conductor incluido. sin contratas el seguro a todo riesgo PLUS, está incluido.
- Recuerda devolver la camper o autocaravana igual que la recogiste.
- Seguro a todo riesgo con franquicia de 600€ con depósito de 900€. El seguro es para mayores de 25 años con un mínimo de dos años de carnet. Puedes convertirlo sin franquicia por 25€/día y 20€/día para reservas superiores a 10 días y depósito de 750€.
- SEGURO A TODO RIESGO SIN FRANQUICIA 25€/día ( cubre daños exteriores, excepto bajos, techo, interior y ruedas). Además incluye 2º conductor gratuito al contratarlo.
- Nos encanta que compartas tu aventura con tu mascota, pero debes avisarlo antes del día de salida. Tiene un precio de 45€ por viaje para cada mascota
- ¿Cómo puedo realizar mi reserva?
puedes ir a nuestros vehículo y hacer la reserva desde la web, PERO si tienes cualquier duda siempre puedes llamarnos y te explicaremos todo lo que necesites saber.
- ¿Qué incluyen nuestras campers y autocaravanas?
Nuestras campers y autocaravanas van equipadas con todo lo necesario. Para descansar como nadie tienes el kit de sabanas ( bajera protectora, bajera de algodón y funda nórdica), además de unos colchones súper cómodos, para el mantenimiento tienes un kit de limpieza, pack confort exterior de sillas y mesa con fogón exterior para cocinar en libertad acompañado de un toldo en casi todos nuestros vehículos para esos días soleados.
Además tienes todo lo que necesites para tu aventura, dos bombonas de gas, pastillas de wc, alargo, calzos para nivelar el vehículo cuando sea la hora de descansar y manguera para llenar el depósito de agua. Tienes toda la equipación necesaria para tu aventura.
- ¿Qué tipo de seguro tiene la camper o autocaravana?
Nuestros vehículos incluyen seguro a todo riesgo con franquicia de 600€, pero ojo!! que tienes la posibilidad de contratar el seguro sin franquicia.
- Si tengo cualquier duda durante el viaje ¿qué debo hacer?
Te acompañamos 24h en tu viaje, cualquier duda, consejo o ayuda que necesites, estaremos durante tu aventura acompañándote en la distancia.
- ¿Puedo dejar mi vehículo en vuestras instalaciones?
Claro que si, vienes, dejas tu vehículo en nuestras instalaciones y te vas con nuestra autocaravana o camper.
- ¿Cómo debo entregar la camper o autocaravana?
El día de la recogida, la camper o autocaravana se entrega en perfectas condiciones, limpia por dentro y por fuera y toda su equipación. Se debe devolver en las mismas condiciones, limpia por fuera y por dentro, junto con la equipación en perfectas condiciones como se entregó.
Siempre te aconsejamos los sitios de lavado, vaciado de aguas grises y negras y poder llenar los depósitos de agua más cercanos a nuestra sede para tu comodidad. además de devolver el depósito de gasoil de la camper o autocaravana lleno igual que te la llevaste.
- ¿Cuál es el importe de la reserva?
Para reservar el vehículo y bloquearlo hay que hacer un ingreso del 30% del importe total y el 70% restante 20 días antes de la recogida. Si la reserva está dentro de los 20 días previos a la recogida, se abonará el 100% del importe para que sea efectivo el bloqueo de la camper o autocaravana.
- ¿Qué documentación tengo que llevar el día de la recogida?
El día de la recogida necesitarás llevar Dni y carnet de conducir VIGENTE ( súper importante), si uno de los dos documentos estuviera caducado, la reserva quedará totalmente anulada sin opción a reembolso alguno por parte de LIFE ON ROAD S.L. Además de una tarjeta de crédito para poder realizar el bloqueo de los 900€ o 750€ de fianza, según el seguro contratado.
- ¿Qué consejos tienes para la equipación a la hora del alquiler?
Nuestros vehículos tienen toda la equipación necesaria para vivir la experiencia con la mayor libertad. según la temporada os aconsejamos llevar nórdico o sacos de dormir para vuestra mayor comodidad y sobre todo vuestra almohada, porque si de confort hablamos, sabemos que no podemos superar la comodidad de llevarte la tuya de casa :).
- ¿Cuándo se devuelve la fianza?
La fianza se devuelve a los 10-15 días de la devolución de manera automática.
- Horario de recogida o devolución ¿podemos modificarla?
¡y tanto! sin problema, siempre y cuando podamos modificarlo estaremos encantados de que nos comentes, puedes añadirlo en comentarios a la hora de tu reserva o llamarnos al 688741183 y te explicaremos si tiene suplemento o no.
- ¿Con qué edad puedo conducir las campers y autocaravanas?
Para poder conducir todas nuestras camper o autocaravanas, tienes que tener más de 25 años y un mínimo de 2 años de carnet. Si no eres residente de la UE, el conductor deberá tramitar el permiso de conducción internacional.
- ¿Puedo llevar a mi mascota de viaje?
Nuestros vehículos son totalmente Pet friendly, porque sabemos que forman parte de tu familia. Solo tendrás que añadirlo en el momento de la reserva, en el apartado de extras y tiene un suplemento de 45€.
- ¿Cuántos KM puedo hacer?
El límite de kilometraje es de 300km/día en reservas inferiores a 7 días, y el exceso de kilometraje se facturará a 0’35€/km. En reservas superiores 7 días el kilometraje es ILIMITADO.
SEGUROS
SEGURO QUE INCLUYE NUESTRA FLOTA
El seguro que ofrecemos en Life on Road Bcn S.L es a todo riesgo con franquicia de 600€, esto supone que en caso de accidente, avería, desperfectos causados por el arrendador o el segundo conductor ( en el caso que esté especificado en el contrato), el cliente se hará cargo hasta dicho importe. Si el importe a reparar supera la franquicia, se hará cargo la aseguradora, siempre y cuando, no haya alguna de las condiciones de mal uso detalladas en condiciones de alquiler, en dicho caso podrá exceder el importe de la franquicia siendo superior.
SEGURO EXTRA PLUS
El seguro todo riesgo sin franquicia es un seguro opcional que podéis contratar en el momento de la reserva. Es un seguro que cubre los daños en el exterior del vehículo, excepto bajos, techo, ruedas, interior del vehículo y en algunos casos no incluye toldo si se considera que no ha transitado por un camino bien asfaltado.
SEGURO DE CANCELACIÓN
.¿Quieres hacer tu reserva sin preocupaciones?
Sin seguro de cancelación:
- 30 días antes de la recogida será del 50% del importe de la reserva.
- 29 días antes de la recogida se perderá el importe del pago total, menos en el caso de haber contratado el seguro de cancelación y que el motivo de la cancelación esté cubierta por dicho seguro.
Contratando el seguro extra plus, tienes seguro de cancelacion gratuito:
La garantía de cobertura de cancelación será válida siempre y cuando la contratación de la Garantía Franquicia Plus se
realice al menos 48 horas antes del inicio del alquiler y se anule antes de la iniciación de este, por una de las causas sobrevenidas a continuación. La contratación de Garantía Franquicia Plus deberá ser validada y cumplir todos los requisitos de contratación.
La contratación de Garantía Franquicia Plus comporta una garantía de cobertura de la cancelación de un alquiler.
Esta garantía establece el reembolso del 40% del total del alquiler en caso de anulación del alquiler, siempre y cuando este se haya abonado en el momento de la reserva. Si se ha abonado una cantidad económica en concepto de reserva se reembolsará siempre y cuando no supere el 40% del total del alquiler, en su caso, el reembolso no superará la cantidad depositada en concepto de reserva.
Seguro de cancelación: con la contratación de este seguro, se devuelve el importe de la reserva hasta 1000€.
CONDICIONES DEL SEGURO DE CANCELACIÓN:
- Seguro extra plus con cancelación incluida al contratarlo.
RESUMEN DE CONDICIONES
A continuación, se detallan las causas sobrevenidas que justifican la cobertura por cancelación del alquiler amparadas en la contratación de Garantía Franquicia Plus:
1.1 Debido al fallecimiento o a la hospitalización, como mínimo de una noche, enfermedad grave o accidente corporal grave de:
– Conductor, o de alguno de sus familiares, según se establecen en la definición del Condicionado General de Garantía Franquicia Plus.
– El sustituto profesional del Conductor.
– De la persona encargada, durante el alquiler, de la custodia de menores, mayores o personas con discapacidad que estuvieran a cargo del Conductor.
En relación con el Conductor, por Enfermedad Grave se entiende una alteración de la salud que implique hospitalización o necesidad de guardar cama, dentro de los 7 días previos al alquiler o que, a juicio del equipo médico de la Compañía, medicamente imposibilite el inicio del alquiler en la fecha prevista.
Por Accidente Grave se entiende un daño corporal, no intencionado por parte de la víctima, proveniente de la acción súbita de una causa externa y que, a juicio de un profesional médico, imposibilite el inicio del alquiler del Conductor en la fecha prevista, o conlleve riesgo de muerte para alguno de los familiares citados.
Cuando la enfermedad afecte a alguna de las personas citadas, distintas del Conductor, se entenderá como grave cuando implique hospitalización mínima de una noche o necesidad de guardar cama por un periodo de al menos 3 días, en ambos casos siempre que sea dentro de los 7 días previos a la iniciación del alquiler o conlleve riesgo de muerte inminente.
1.2. Debido al acontecimiento de un asunto grave, entendiendo como tales daños por incendio, inundación o robo consumado, circunstancia que deberán ser acreditadas documentalmente, que afecte a la propiedad del Conductor y haga indispensable su presencia en su:
– Residencia principal.
– Local profesional o de negocios.
1.3. Debido al despido laboral del Conductor. En ningún caso entrará en vigor esta garantía por término del contrato laboral, renuncia voluntaria o por la no superación del período de prueba. En todo caso, la contratación de Garantía Franquicia Plus deberá haberse suscrito antes de la comunicación escrita por parte de la Empresa al trabajador. 1.4. Debido a la incorporación del Conductor a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato laboral superior a un año, siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la contratación del alquiler y, por tanto, a la suscripción de Garantía Franquicia Plus.
1.5. Debido a la convocatoria del Conductor como parte o testigo en un tribunal.
1.6. Debido a la llamada para intervención quirúrgica del Conductor, cónyuge o familiar de primer grado, así como de pruebas médicas previas a dicha intervención. (Incluye trasplante de órganos como receptor o donante).
1.7. Debido a las complicaciones graves en el estado del embarazo que, por prescripción médica, obliguen a guardar reposo o exijan la hospitalización del Conductor, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva permanentemente con el Conductor, siempre que dichas complicaciones pongan, a juicio del equipo médico de la Compañía, en grave riesgo la continuidad o el necesario desarrollo de dicho embarazo.
1.8. Debido al parto prematuro de la Conductora, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva permanentemente con la misma.
1.9. Debido a la declaración judicial de concurso de acreedores de una empresa que impida al Conductor el desarrollo de su actividad profesional.
1.10. Debido a la convocatoria como miembro de una mesa electoral, para elecciones de ámbito estatal, autonómico o municipal.
1.11. Debido a la entrega de un niño en adopción durante las fechas previstas del alquiler.
1.12. Debido a la citación judicial para trámite de divorcio que se produzca con posterioridad a la suscripción del alquiler y la contratación de Garantía Franquicia Plus y coincida con la fecha del mismo.
1.13. Debido a la no concesión inesperada de visados por causas injustificadas. Queda expresamente excluida la no concesión de visados cuando el conductor no haya realizado las gestiones pertinentes dentro del plazo y forma para su concesión.
1.14. Debido a la retención policial del Conductor por causas no delictivas, ocurrida con posterioridad a la suscripción de Garantía Franquicia Plus, que coincida con las fechas del alquiler.
1.15. Debido a la declaración de la renta realizada paralelamente, efectuada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que dé como resultado un importe a pagar por el Conductor superior a 600 €.
1.16. Debido a la Imposición de una sanción de tráfico cuyo importe sea superior a 600 €.
1.17. Debido a la retirada del permiso de conducir y ninguno de los acompañantes del Conductor pudiera sustituirle en la conducción del vehículo.
1.18. Debido a la presentación a exámenes de oposiciones oficiales convocadas a través de un organismo público con posterioridad a la suscripción de Garantía Franquicia Plus.
1.19. Debido a epidemias, polución y catástrofes naturales en el país declaradas por las autoridades competentes.
1.20. Anulación del alquiler por parte de la persona que iba a acompañar al Conductor en el alquiler, inscrita al mismo tiempo que el Conductor, como conductor adicional, en este mismo contrato de Garantía Franquicia Plus, siempre que la anulación tenga su origen en una de las causas enumeradas anteriormente y, debido a ello, tenga el Conductor que viajar solo.
No se garantizan las anulaciones de viajes que tengan su origen en:
a) Un tratamiento estético, una cura, una contraindicación de viaje aéreo, la falta o contraindicación de vacunación, la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento medicinal preventivo aconsejado, la interrupción voluntaria de embarazos, el alcoholismo, el consumo de drogas y estupefacientes, salvo que estos hayan sido prescritos por un médico y se consuman de forma indicada.
b) Enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas y depresiones sin hospitalización, o que justifique una hospitalización inferior a siete días.
c) Las dolencias o enfermedades crónicas y/o preexistentes, así como sus consecuencias, que hubieran sido tratadas o hubieran tenido cuidados médicos dentro de los 30 días anteriores, tanto a la fecha de la reserva del alquiler, como a la fecha de inclusión en la garantía
d) La participación en apuestas, concursos, competiciones, duelos, crímenes, riñas, salvo en casos de legítima defensa.
e) Guerra (Civil o extranjera), declarada o no, motines, movimientos populares, actos de terrorismo, todo efecto de una fuente de radiactividad, así como la inobservancia consciente de las prohibiciones oficiales.
f) La no presentación por cualquier causa de los documentos indispensables en todo alquiler, tales como pasaporte, visado, billetes, carnet o certificado de vacunación.
g) Los actos dolosos, así como las autolesiones causadas intencionadamente, el suicidio o el intento de suicidio.
h) Las modificaciones de fechas de la reserva del alquiler, tanto para varias el número de días como para traslados en el calendario.
i) O cualquier otra causa diferente a las indicadas en el punto 1 del presente anexo.
Para la aplicación de presente anexo será obligatorio justificar documentalmente cualquiera de las situaciones mencionadas en el apartado 1. En caso contrario no se podrá aplicar las condiciones pactadas en el presente documento.
Las modificaciones de fechas de la reserva del alquiler se deberán realizar antes del inicio efectivo del mismo, y no serán consideradas como causa justificada para la cobertura de la Garantía de Cancelación de Alquiler. Se permitirán modificaciones de las fechas del alquiler hasta 30 días.
A razón de las coberturas expuestas en el párrafo anterior, se establecen una serie de límites económicos:
Industriales ligeros hasta 500 €.
- Seguro cancelacion:
RESUMEN DE CONDICIONES
En caso de cancelación, el importe de reserva a liquidar corresponderá a lo abonado por el viajero y hasta la cantidad asegurada, previa presentación de los documentos de pago bancarios y recibo de la reserva emitido por la empresa.
Se establece un máximo de 6 personas por reserva.
La cobertura se prestará únicamente al viajero titular de la reserva y familiares que lo acompañen.
En caso de varios viajeros sin relación familiar será necesario que estén identificados en el contrato de seguro, si alguno de ellos debe anular una reserva por un motivo asegurado, se abonará la parte proporcional de la misma. Tendrán la consideración de familiares, y por lo tanto asegurados, el cónyuge, pareja de hecho, padres, suegros, hijos o hermanos del asegurado.
La cancelación del viaje deberá ser comunicada a la aseguradora antes del inicio del viaje, por una de las causas detalladas en el Condicionado General y sobrevenidas después de la suscripción y validez del seguro El seguro debe contratarse y comunicado a la aseguradora al confirmar la reserva o en los 7 días siguientes.
PRINCIPALES CAUSAS DE CANCELACIÓN INCLUIDAS EN LA RESERVA ASEGURADA
Por hospitalización de como mínimo una noche, enfermedad grave, accidente corporal grave o fallecimiento
Del asegurado o alguno de sus familiares directos, según definición del Condicionado General Del sustituto profesional del asegurado.
De la persona encargada, durante el viaje, de la custodia de menores, mayores o personas con discapacidad.
Se considera enfermedad del asegurado grave la alteración de salud que implica hospitalización o necesidad de guarda cama, dentro de los 7 días previos al viaje, o que, a juicio del equipo médico de la Aseguradora, medicamente impida el viaje en la fecha prevista.
Se considera enfermedad grave de algún familiar del asegurado cuando implique hospitalización mínima de una noche o necesidad de guardar cama de 3 días como mínimo, ambos casos siempre dentro de los 7 días previos al inicio del viaje o que conlleve riesgo de muerte inminente.
Se considera Accidente Corporal Grave un daño , no intencionado, por una acción súbita externa, y que a juicio de un profesional médico impida el inicio del viaje en la fecha prevista, o que conlleve riesgo de muerte para alguno de los familiares citados.
Por daños graves en la vivienda principal o local profesional, debidos a incendio, inundación, robo, y que haga indispensable la presencia del asegurado.
Por despido laboral
Por citación judicial
Por parto prematuro
Por la convocatoria como miembro de una mesa electoral
Por la retirada del permiso de conducir
Por parto prematuro de la asegurada, cónyuge o pareja de hecho
Estos son los principales motivos de cancelación cubiertos por nuestra póliza RESERVA ASEGURADA.
CONDICIONES DEL SEGURO DE CANCELACIÓN:
- Seguro extra plus con cancelación incluida al contratarlo.
RESUMEN DE CONDICIONES
A continuación, se detallan las causas sobrevenidas que justifican la cobertura por cancelación del alquiler amparadas en la contratación de Garantía Franquicia Plus:
1.1 Debido al fallecimiento o a la hospitalización, como mínimo de una noche, enfermedad grave o accidente corporal grave de:
– Conductor, o de alguno de sus familiares, según se establecen en la definición del Condicionado General de Garantía Franquicia Plus.
– El sustituto profesional del Conductor.
– De la persona encargada, durante el alquiler, de la custodia de menores, mayores o personas con discapacidad que estuvieran a cargo del Conductor.
En relación con el Conductor, por Enfermedad Grave se entiende una alteración de la salud que implique hospitalización o necesidad de guardar cama, dentro de los 7 días previos al alquiler o que, a juicio del equipo médico de la Compañía, medicamente imposibilite el inicio del alquiler en la fecha prevista.
Por Accidente Grave se entiende un daño corporal, no intencionado por parte de la víctima, proveniente de la acción súbita de una causa externa y que, a juicio de un profesional médico, imposibilite el inicio del alquiler del Conductor en la fecha prevista, o conlleve riesgo de muerte para alguno de los familiares citados.
Cuando la enfermedad afecte a alguna de las personas citadas, distintas del Conductor, se entenderá como grave cuando implique hospitalización mínima de una noche o necesidad de guardar cama por un periodo de al menos 3 días, en ambos casos siempre que sea dentro de los 7 días previos a la iniciación del alquiler o conlleve riesgo de muerte inminente.
1.2. Debido al acontecimiento de un asunto grave, entendiendo como tales daños por incendio, inundación o robo consumado, circunstancia que deberán ser acreditadas documentalmente, que afecte a la propiedad del Conductor y haga indispensable su presencia en su:
– Residencia principal.
– Local profesional o de negocios.
1.3. Debido al despido laboral del Conductor. En ningún caso entrará en vigor esta garantía por término del contrato laboral, renuncia voluntaria o por la no superación del período de prueba. En todo caso, la contratación de Garantía Franquicia Plus deberá haberse suscrito antes de la comunicación escrita por parte de la Empresa al trabajador. 1.4. Debido a la incorporación del Conductor a un nuevo puesto de trabajo, en una empresa distinta con contrato laboral superior a un año, siempre que la incorporación se produzca con posterioridad a la contratación del alquiler y, por tanto, a la suscripción de Garantía Franquicia Plus.
1.5. Debido a la convocatoria del Conductor como parte o testigo en un tribunal.
1.6. Debido a la llamada para intervención quirúrgica del Conductor, cónyuge o familiar de primer grado, así como de pruebas médicas previas a dicha intervención. (Incluye trasplante de órganos como receptor o donante).
1.7. Debido a las complicaciones graves en el estado del embarazo que, por prescripción médica, obliguen a guardar reposo o exijan la hospitalización del Conductor, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva permanentemente con el Conductor, siempre que dichas complicaciones pongan, a juicio del equipo médico de la Compañía, en grave riesgo la continuidad o el necesario desarrollo de dicho embarazo.
1.8. Debido al parto prematuro de la Conductora, su cónyuge, pareja de hecho o persona que como tal conviva permanentemente con la misma.
1.9. Debido a la declaración judicial de concurso de acreedores de una empresa que impida al Conductor el desarrollo de su actividad profesional.
1.10. Debido a la convocatoria como miembro de una mesa electoral, para elecciones de ámbito estatal, autonómico o municipal.
1.11. Debido a la entrega de un niño en adopción durante las fechas previstas del alquiler.
1.12. Debido a la citación judicial para trámite de divorcio que se produzca con posterioridad a la suscripción del alquiler y la contratación de Garantía Franquicia Plus y coincida con la fecha del mismo.
1.13. Debido a la no concesión inesperada de visados por causas injustificadas. Queda expresamente excluida la no concesión de visados cuando el conductor no haya realizado las gestiones pertinentes dentro del plazo y forma para su concesión.
1.14. Debido a la retención policial del Conductor por causas no delictivas, ocurrida con posterioridad a la suscripción de Garantía Franquicia Plus, que coincida con las fechas del alquiler.
1.15. Debido a la declaración de la renta realizada paralelamente, efectuada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que dé como resultado un importe a pagar por el Conductor superior a 600 €.
1.16. Debido a la Imposición de una sanción de tráfico cuyo importe sea superior a 600 €.
1.17. Debido a la retirada del permiso de conducir y ninguno de los acompañantes del Conductor pudiera sustituirle en la conducción del vehículo.
1.18. Debido a la presentación a exámenes de oposiciones oficiales convocadas a través de un organismo público con posterioridad a la suscripción de Garantía Franquicia Plus.
1.19. Debido a epidemias, polución y catástrofes naturales en el país declaradas por las autoridades competentes.
1.20. Anulación del alquiler por parte de la persona que iba a acompañar al Conductor en el alquiler, inscrita al mismo tiempo que el Conductor, como conductor adicional, en este mismo contrato de Garantía Franquicia Plus, siempre que la anulación tenga su origen en una de las causas enumeradas anteriormente y, debido a ello, tenga el Conductor que viajar solo.
No se garantizan las anulaciones de viajes que tengan su origen en:
a) Un tratamiento estético, una cura, una contraindicación de viaje aéreo, la falta o contraindicación de vacunación, la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento medicinal preventivo aconsejado, la interrupción voluntaria de embarazos, el alcoholismo, el consumo de drogas y estupefacientes, salvo que estos hayan sido prescritos por un médico y se consuman de forma indicada.
b) Enfermedades psíquicas, mentales o nerviosas y depresiones sin hospitalización, o que justifique una hospitalización inferior a siete días.
c) Las dolencias o enfermedades crónicas y/o preexistentes, así como sus consecuencias, que hubieran sido tratadas o hubieran tenido cuidados médicos dentro de los 30 días anteriores, tanto a la fecha de la reserva del alquiler, como a la fecha de inclusión en la garantía
d) La participación en apuestas, concursos, competiciones, duelos, crímenes, riñas, salvo en casos de legítima defensa.
e) Guerra (Civil o extranjera), declarada o no, motines, movimientos populares, actos de terrorismo, todo efecto de una fuente de radiactividad, así como la inobservancia consciente de las prohibiciones oficiales.
f) La no presentación por cualquier causa de los documentos indispensables en todo alquiler, tales como pasaporte, visado, billetes, carnet o certificado de vacunación.
g) Los actos dolosos, así como las autolesiones causadas intencionadamente, el suicidio o el intento de suicidio.
h) Las modificaciones de fechas de la reserva del alquiler, tanto para varias el número de días como para traslados en el calendario.
i) O cualquier otra causa diferente a las indicadas en el punto 1 del presente anexo.
Para la aplicación de presente anexo será obligatorio justificar documentalmente cualquiera de las situaciones mencionadas en el apartado 1. En caso contrario no se podrá aplicar las condiciones pactadas en el presente documento.
Las modificaciones de fechas de la reserva del alquiler se deberán realizar antes del inicio efectivo del mismo, y no serán consideradas como causa justificada para la cobertura de la Garantía de Cancelación de Alquiler. Se permitirán modificaciones de las fechas del alquiler hasta 30 días.
A razón de las coberturas expuestas en el párrafo anterior, se establecen una serie de límites económicos:
Industriales ligeros hasta 500 €.
- Seguro cancelacion:
RESUMEN DE CONDICIONES
En caso de cancelación, el importe de reserva a liquidar corresponderá a lo abonado por el viajero y hasta la cantidad asegurada, previa presentación de los documentos de pago bancarios y recibo de la reserva emitido por la empresa.
Se establece un máximo de 6 personas por reserva.
La cobertura se prestará únicamente al viajero titular de la reserva y familiares que lo acompañen.
En caso de varios viajeros sin relación familiar será necesario que estén identificados en el contrato de seguro, si alguno de ellos debe anular una reserva por un motivo asegurado, se abonará la parte proporcional de la misma. Tendrán la consideración de familiares, y por lo tanto asegurados, el cónyuge, pareja de hecho, padres, suegros, hijos o hermanos del asegurado.
La cancelación del viaje deberá ser comunicada a la aseguradora antes del inicio del viaje, por una de las causas detalladas en el Condicionado General y sobrevenidas después de la suscripción y validez del seguro El seguro debe contratarse y comunicado a la aseguradora al confirmar la reserva o en los 7 días siguientes.
PRINCIPALES CAUSAS DE CANCELACIÓN INCLUIDAS EN LA RESERVA ASEGURADA
Por hospitalización de como mínimo una noche, enfermedad grave, accidente corporal grave o fallecimiento
Del asegurado o alguno de sus familiares directos, según definición del Condicionado General Del sustituto profesional del asegurado.
De la persona encargada, durante el viaje, de la custodia de menores, mayores o personas con discapacidad.
Se considera enfermedad del asegurado grave la alteración de salud que implica hospitalización o necesidad de guarda cama, dentro de los 7 días previos al viaje, o que, a juicio del equipo médico de la Aseguradora, medicamente impida el viaje en la fecha prevista.
Se considera enfermedad grave de algún familiar del asegurado cuando implique hospitalización mínima de una noche o necesidad de guardar cama de 3 días como mínimo, ambos casos siempre dentro de los 7 días previos al inicio del viaje o que conlleve riesgo de muerte inminente.
Se considera Accidente Corporal Grave un daño , no intencionado, por una acción súbita externa, y que a juicio de un profesional médico impida el inicio del viaje en la fecha prevista, o que conlleve riesgo de muerte para alguno de los familiares citados.
Por daños graves en la vivienda principal o local profesional, debidos a incendio, inundación, robo, y que haga indispensable la presencia del asegurado.
Por despido laboral
Por citación judicial
Por parto prematuro
Por la convocatoria como miembro de una mesa electoral
Por la retirada del permiso de conducir
Por parto prematuro de la asegurada, cónyuge o pareja de hecho
Estos son los principales motivos de cancelación cubiertos por nuestra póliza RESERVA ASEGURADA.